Cómo cobrar un premio de la Lotería del Chubut
Quién paga, contra qué cupón y en qué plazo — el mismo en la Quiniela y en la Poceada.
Ver oferta del socio (+18) →El premio se cobra contra el cupón al portador, en la agencia, dentro de los 15 días corridos posteriores al sorteo — el mismo plazo en la Quiniela y en la Quiniela Poceada del Chubut.
El circuito que fija el reglamento
- El cupón de la Quiniela es al portador; no exige DNI: su sola tenencia hace presumir la propiedad y el premio se paga contra su presentación (Art. 24).
- Las boletas premiadas se presentan a cobrar dentro de los 15 días corridos posteriores a la fecha del sorteo; si ese día cae feriado, el plazo se extiende hasta el primer día hábil siguiente. Vencido el plazo, se extingue automáticamente todo derecho de cobro (Art. 28).
- En la Quiniela Poceada del Chubut el plazo es el mismo: 15 días corridos, contados desde el día hábil siguiente al del sorteo (Art. 17 del reglamento de la Poceada).
- Pagan los Agencieros Oficiales, en las condiciones del reglamento, salvo que por el monto del premio el Instituto determine otro lugar de pago (Art. 20 de la Quiniela; Art. 18 de la Poceada).
- El Instituto y la Provincia del Chubut garantizan el pago de los premios en los términos y condiciones del propio reglamento (Art. 34).
- El cupón corregido, con borrones o sobrescritos no participa del juego, así esté salvado: sin un cupón en buen estado no hay pago posible (Art. 18 y 19).
El cupón al portador y el plazo de 15 días
El reglamento resuelve el cobro con una sola regla que vale para toda la Quiniela: la simple tenencia del cupón hace presumir la propiedad, y el premio se paga contra su presentación, sin exigir DNI ni ningún otro dato personal (Art. 24). Es una diferencia importante frente a otro juego del mismo Instituto: el sorteo secundario De Rebote, para cupones NO premiados, sí pide anotar nombre, documento y contacto en el dorso — pero esa exigencia no se traslada a un cupón premiado de Quiniela ni de Poceada.
El plazo para presentarse es de 15 días corridos desde la fecha del sorteo; si ese día cae feriado, corre hasta el primer día hábil siguiente. Pasado el plazo, el reglamento es categórico: se extingue automáticamente todo derecho de cobro (Art. 28). En la Quiniela Poceada del Chubut el plazo es el mismo —15 días corridos, contados desde el día hábil siguiente al sorteo—, así que no hace falta recordar dos fechas distintas según el juego (Art. 17 del reglamento de la Poceada).
Quién paga y qué garantiza el Instituto
Pagan los Agencieros Oficiales, en las condiciones que fija el reglamento, salvo que por el monto del premio el Instituto determine otro lugar de pago (Art. 20 de la Quiniela; Art. 18 de la Poceada). El Instituto de Asistencia Social y la Provincia del Chubut garantizan el pago de los premios en los términos y condiciones del propio reglamento (Art. 34).